requisitos para el registro sanitario

¿No sabes cuáles son los requisitos para el registro sanitario? ¿Tienes dudas de cómo y dónde hacerlo? Si te quedas, te proporcionaremos todas las soluciones sobre los requisitos para el registro sanitario en el sector de la alimentación y lo qué es necesario para conseguirlo. Si quieres saber más quédate con nosotros. ¡No lo dudes!

¿Qué es el registro sanitario?

El registro sanitario es una herramienta administrativa que lleva en España activa más de 30 años.  Este registro sanitario es tan importante que aparece en las etiquetas de los productos alimentarios.

El registro sanitario tiene carácter público e informativo, y se almacena en una base de datos informatizada.

Las siglas del Registro Sanitario son RGSEAA, y es un registro donde están inscritas todas las empresas alimentarias y los productos alimentarios que se comercializan en nuestro país.  Un  requisito para el registro sanitario fundamental es el código del número de registro sanitario único.  

¿Qué empresas están obligadas a tramitar el Registro Sanitario?

tramitar el Registro SanitarioUno de los requisitos para el registro sanitario es que las empresas que tienen que inscribirse en registro sanitario son aquellas que produzcan, almacenen, manipulen, transporten y/ o simplemente comercialicen alimentos a terceros.

Deberán tener como requisito para el registro sanitario las industrias alimentarias, las empresas de transporte de alimentos, los envasadores, distribuidores, importadores, los almacenes mayoristas de alimentación, etc.

Además, también deberán inscribirse las siguientes actividades:

-Empresas de catering (con o sin instalaciones)

-Empresas de máquinas expendedoras

-Importadoras/exportadoras de alimentos

-Fabricantes e importadores de materiales en contacto con alimentos

¿Dónde se obtiene todos los requisitos para el registro sanitario?

La normativa sanitaria que está regulada en Real Decreto 191/2011 de 18 de febrero  tiene como procedimiento de inscripción, modificación o cancelación de empresas o establecimientos alimentarios con domicilio social en España los siguientes requisitos para el registro sanitario:

Si la empresa o establecimiento tiene instalaciones alimentarias, lo solicitará la autoridad encargada en su Comunidad Autónoma donde se encuentre la empresa, siguiendo los procedimientos que en ella establezca para así saber cómo obtener el registro sanitario.

Si la empresa o establecimiento no tiene instalaciones alimentarias (como es el caso de los importadores y distribuidores) lo solicitarán a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma donde se encuentre su domicilio social, siguiendo los procedimientos que allí se establezcan.

Cada Comunidad Autónoma debe requerir la documentación que precise conveniente.

Hay que destacar que el registro sanitario tiene un carácter nacional, por lo que la Agencia Española de la Seguridad Alimentaria del Ministerio de Sanidad y Consumo, es la que tiene que dar el número de registro sanitario de alimentos. Todas las tramitaciones se hacen en la Comunidad Autónoma donde se sitúa la industria o el establecimiento.

¿Qué ocurre si no tengo todos los requisitos para el registro sanitario?

requisitos para registro sanitarioEl número de registro sanitario, solamente te lo dan en caso de que la empresa o actividad alimentaria ha sido inspeccionada por sanidad en materia de seguridad alimentaria, y dicha empresa ha recibido la autorización de sanidad  de alimentos por parte de las autoridades competentes para la producción del producto.

En el caso contrario si no has obtenido todos los requisitos para el registro sanitario es difícil que puedas seguir o abrir un negocio que esté en contacto directo con los alimentos.

Si necesitas más ayuda sobre seguridad alimentaria y cómo superar todos los requisitos para el registro sanitario, pero no tienes los servicios de higiene laboral adecuados, en PHS Serkonten te ofrecemos soluciones.

Los 13 requisitos para el registro sanitario

La primera vez que te inscribes para hacer la tramitación del Registro Sanitario es normal que te surjan dudas sobre cuáles son los requisitos para el registro sanitario.

Pero nosotros te damos todos los requisitos para el registro sanitario:

Requisito nº1. El número de registro sanitario es emitido por el Ministerio en un plazo máximo de 3 meses, pero suele ser unos 2 meses. Aquellas empresas con contacto directo de productos de origen animal no podrán iniciar la actividad hasta que un inspector visite las instalaciones y emita un informe favorable, este proceso es  largo y lento (puede durar una media de 1 mes).

Requisito nº 2. Se deberá aportar:

  • Solicitud
  • Memoria técnica descriptiva de la actividad
  • CIF
  • Pago de tasas
  • Plan de autocontrol APPCC (Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control). Se puede rechazar el registro sanitario una vez emitido. El establecimiento recibirá una inspección de sanidad en la que suelen solicitar mejoras en las instalaciones, APPCC o formas de trabajo. Si la empresa no toma medidas de corrección en un plazo de 3 meses (ampliables 3 meses) se denegará el registro sanitario y con ello la actividad deberá cerrar.

Requisito nº 3. Cuando una industria es autorizada para la realización de una actividad, puede suceder que dicha autorización conlleve, implícitamente, otras categorías, sin que sea necesario inscribir estas últimas.

Requisito nº 4. Aquellas empresas cuya actividad es la de distribución de productos alimenticios a otros países deberán tener número de registro sanitario como distribuidor.

Requisito nº 5. Cuando una industria tiene un número de registro sanitario concedido como fabricante, elaborador y/o transformador, envasador y/o almacenista, podrá distribuir sus productos sin necesidad de tener la actividad de distribuidor.

Requisito nº 6. Las empresas que en el mismo local, elaboran, envasan, almacenan, sirven y en su caso venden comidas preparadas directamente al consumidor final con o sin reparto a domicilio quedan exentas de la inscripción en el Registro Sanitario de Alimentos.

Requisito nº 7. Los catering también tienen el registro sanitario y deberán tener un sistema de autocontrol APPCC y recibirán inspecciones de Sanidad con frecuencia para la seguridad alimentaria. Los catering sin instalaciones propias, también deben inscribirse.

Requisito nº 8. Las empresas que preparen alimentos directamente para el consumidor final, no pueden ni deben inscribirse en el Registro General de Empresas Alimentarias y Alimentos. No obstante, es frecuente que vayan surgiendo ventas mayoristas a restaurantes, hoteles, colectivos, etc. En ese caso, la legislación establece que mientras estas ventas mayoristas sean marginales no es necesario solicitar el registro sanitario. Si dejan de ser marginales, si deben solicitar el registro sanitario.

Requisito nº 9. La normativa es bastante genérica. El mejor consejo es implantar la actividad en unas instalaciones donde anteriormente hubiera implantada una actividad alimentaria similar.

registro sanitarioRequisito nº 10. Si se comercializan productos de un país miembro de la Unión Europea o se distribuyen productos en territorio nacional se solicitará su inscripción como distribuidor.

Tanto en el caso de importadores como de distribuidores si tienen almacén, solicitarán también su inscripción como almacenista.

Requisito nº 11. El Real Decreto 191/2011, dice que están excluidos de la obligación de inscripción en el registro sanitario, entre otros:

Las instalaciones cuya actividad se limite al almacenamiento de productos envasados para uso de la propia Empresa, cuando éstos estén situados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma en donde se ubique el establecimiento de producción o transformación.

Estas instalaciones aparecerán anotadas en el registro del establecimiento de producción o transformación.

Requisito nº 12. Empresas obligadas a inscribirse en el registro sanitario:

  • Las que elaboren alimentos para su venta mayorista o catering.
  • Almacenistas al por mayor.
  • Empresas de distribución mayorista de alimentos.
  • Empresas de importación / exportación.

Requisito nº 13. Los establecimientos de comercio minorista está excluidos de inscripción en el registro sanitario, pero pueden necesitar otro tipo de autorización sanitaria de alimentos, como por ejemplo los comercios al por menor de la carne.

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